Alquiler con mascotas
Es probable que alguna vez hayas escuchado a algún conocido preguntar sobre los pisos de alquiler que admiten mascotas, o que tú mismo estés ahora en esa circunstancia. Aunque suene extraño, existen muchos casos de personas que no han podido arrendar un inmueble que les ha gustado, simplemente por tener mascotas.
Así como lo lees, es triste pero muy real. Por eso, aquí te diremos cómo prevenir una complicación en ese sentido. Asimismo, te daremos consejos sobre cómo negociar con el propietario del piso que deseas alquilar para que te acepte con tu mascota.
Es importante entender, que los dueños del domicilio temen que una mascota cause daños a su propiedad o genere problemas con los vecinos y el condominio. En vista de esto, es fundamental que sepas demostrar que nada de esto pasará con la tuya.
Sabemos el beneficio que tendrá para ti y para las personas en general tener una mascota como uno más de la familia. Por tal motivo, en Homewatch estamos listos para brindarte un servicio y asesoría integral para que consigas pisos en alquiler en la Costa del Sol con aceptación de mascotas incluida. Igualmente, podemos lograrlo para ti si buscas pisos en alquiler en Marbella o la Costa del Sol.
¿Qué establece la ley española de arrendamientos en relación con las mascotas?
A muchos de nosotros nuestros padres nos aconsejaban sabiamente sobre la importancia de hablar cara a cara con las personas y aquello del “hablando se entiende la gente". Sin embargo, es importante conocer las leyes no solo porque se inspiran en el mismo sentido común que originó aquellos consejos, sino porque aportan los basamentos jurídicos necesarios.
¿Cuál es la ley?
Específicamente con respecto al tema que nos ocupa, corresponde o aplica la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Es importante que resaltemos que este texto legal no establece prohibición de mascotas en los alquileres.
Además, la LAU deja total libertad a arrendadores y arrendatarios para decidir o llegar a un acuerdo en ese sentido. Por lo tanto, las partes mencionadas tienen la posibilidad de establecer un pacto que incluya todos los detalles referentes a la tenencia de mascotas. Todo esto debe reflejarse en las cláusulas del contrato de alquiler.
Responsabilidades de las partes que intervienen en un arrendamiento
Cada una de estas está destinada a beneficiar tanto al inquilino como al propietario. También establecen las obligaciones a las cuales quedan sujetos.
El inquilino
Deberes:
- Comprometerse en la reparación de los deterioros que los animales puedan ocasionar en la propiedad y también a terceros.
- Aceptar una cláusula contractual que establezca el compromiso de compra de un seguro que cubra cualquier desperfecto causado por la mascota.
Derechos:
- De no expresarse en cláusulas específicas del contrato de arrendamiento, queda habilitado por ley a convivir con sus animales en el piso arrendado, pero cuidado porque el arrendador podrá disolver el contrato por otras vías, como la clausula del artículo 27.2 que dice “Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”
- Igualmente, se le permite contratar un seguro por desperfectos ocasionados, pero ya no sería de carácter obligatorio.
El propietario
Deberes:
- Dejar reflejado en cláusula del contrato la prohibición de animales en el piso a arrendar, en el caso de que el inquilino no cumpla obligación se puede rescindir el contrato.
- De no quedar reflejado mediante una cláusula específica en el contrato el impedimento de introducir animales en el inmueble, queda obligado por ley a aceptar que el arrendatario viva en la propiedad con estos.
- Está obligado a informar al inquilino las condiciones relativas a la convivencia con mascotas en el piso arrendado.
Derechos:
- Impedir la tenencia de mascotas en su inmueble en tanto quede reflejado en cláusulas del contrato.
- Dar por terminado el contrato si el inquilino no cumple las condiciones pactadas, referidas al tema de los animales (art. 27.1 LAU).
- En los casos donde el animal suponga una molestia o daño comprobable a la vivienda o terceras personas, puede solicitar al inquilino/a el desalojo o reparación de desperfectos. (Art. 27.2 LAU).
Consejos que te facilitan el alquiler con mascotas
Tal como lo comentamos anteriormente, nada como una buena negociación cara a cara con el dueño/a del piso. La idea es disipar sus dudas y su resistencia a recibirte con tu mascota. Para ello, tienes que asegurarle que esta no implica amenaza alguna para el inmueble ni para el resto de los inquilinos. Igualmente te recomendamos lo siguiente:
- La principal garantía de tu responsabilidad que ayudaría a evitar la desconfianza del propietario es contratar el seguro de hogar y desperfectos de mascotas. Esto puede ser un argumento a tu favor para lograr la aceptación de esta en el piso.
- Propón una cláusula de contrato que refleje tu compromiso, al término del acuerdo de alquiler, de pagar los servicios de limpieza y reparación de una empresa especializada, para dejar el inmueble en óptimas condiciones. Esto será, con toda seguridad, un elemento clave que convenza al propietario.
- Si ya has alquilado antes con tu animal preferido, pídele a tu antiguo arrendador/a, y también a tus vecinos, referencias escritas y firmadas sobre su buen comportamiento. Las referencias directas siempre son una gran ayuda.
- Elabora el currículum de tu peludo especial. Aunque suene de película, es algo muy común. En dicho currículo debe incluirse nombre, edad y si está esterilizado o castrado. Igualmente, debe contener fotos de tu mascota y el historial médico con las vacunas y consultas.
Procuremos un buen acuerdo
Invitemos al dueño del piso a conversar sobre nuestro caso particular para manifestar nuestro nivel de compromiso y respeto a las normas. Además, podemos mostrarle estadísticas como el escaso 0,01 % de reclamos registrados por propietarios, en relación a la tenencia de mascotas en sus propiedades.
No podemos olvidar que es muy probable que incluso el propietario/a sea amante de las mascotas y solo necesite un pequeño empujón argumentativo para darnos su aprobación.
Encontrar pisos en alquiler en Costa del Sol
En Homewatch te damos toda la asesoría necesaria y te conseguimos propiedades en Costa del Sol de manera rápida y sencilla. Entérate que casi todas las casas vacacionales de esa localidad permiten mascotas que pesen menos de 20 kg.
Por otra parte, en caso que necesites dejar a este ser tan importante para ti en una residencia especializada, en Homewatch también te daremos toda la información sobre dichos establecimientos. Incluso, gestionaremos oportunamente la reserva para que estés tranquilo en ese sentido.
En definitiva, hablando se entiende la gente y mejor si es para para convivir con nuestros queridos animales. Por eso, en Homewatch te buscamos pisos de alquiler que admiten mascotas con un buen acuerdo con el propietario.