Conoce todo acerca del nuevo valor de referencia del catastro
En el BOE del pasado julio, se publicó una ley que, entre muchas otras cosas, inserta diversas modificaciones en los tributos que afectan a los inmuebles. Entre estas modificaciones, trae una reforma que permite que el valor de referencia del Catastro se convierta en la base imponible de los tributos patrimoniales, en el caso de los bienes inmuebles.
Hacienda va a utilizar el nuevo valor de referencia del Catastro calculado por el Catastro como base imponible de los tributos patrimoniales. De esta forma, tratará de acabar con el debate sobre el valor de los bienes inmuebles en compraventas, donaciones y herencias.
En este artículo te contamos sobre este nuevo valor de un inmueble, y como puede afectarte de forma personal esta reforma en bienes inmuebles interpelada por la Hacienda Pública Española.
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¿Qué es el valor de referencia de un inmueble?
El valor de referencia de un inmueble será un valor impuesto por el Catastro que se usará de referencia para calcular la base imponible de determinados impuestos sobre bienes inmuebles, como el ITP o el ISD, excepto si el ciudadano declara un valor superior o que el precio pactado en Transmisiones sea superior, en ambos casos se aplicaría el valor superior. Aunque según el Catastro, el valor de referencia no va a tener ningún efecto en el IBI ni en otros impuestos diferentes.
Este nuevo valor de referencia del Catastro intentará reflejar una cifra cercana al valor de mercado de un inmueble, pero algo inferior; eso sí, será superior al valor catastral.
El dato, de este nuevo valor de un inmueble, será público. Por lo tanto, se podrá conocer cada vez que se consulten los datos catastrales del inmueble.
En el futuro se espera utilizar también el valor de referencia del Catastro para el Impuesto sobre el Patrimonio, no obstante solo será para los inmuebles adquiridos a partir del 1 de enero de 2022, no para los inmuebles que consten como patrimonio preexistente.
¿Cómo se calcula este valor en hacienda?
Es el Catastro quien va a definir cada año este valor de referencia de los inmuebles. Este valor se calculará a partir del análisis de precios de las ventas que se hayan realizado, ante notario.
Aún no está claro cómo se tendrá en cuenta las características de cada inmueble. De momento se habla de distintos módulos de cálculo para “ámbitos territoriales homogéneos de valoración”. Según estos módulos la resolución anual del Catastro pormenorizará la manera de hacer cada valor de referencia de cada inmueble individual.
El propietario del inmueble podrá acceder a los criterios que se hayan establecido para establecer el valor de referencia de su inmueble en particular.
¿Cómo afecta el nuevo valor de referencia del catastro?
Este nuevo valor de un inmueble determinará los impuestos que deben pagar aquellos que compren una vivienda de segunda mano o hereden o reciban la donación de un inmueble. Se alerta que este cambio traerá inmediatamente un aumento de la tributación de los diferentes impuestos a los que el nuevo valor de referencia del Catastro afecta directamente.
De esta forma, el ciudadano no pagará impuestos por la cantidad que le ha costado la casa, sino por su valor, el que marque anualmente el Catastro. Debido a esto la Hacienda autonómica ya no realizará visitas para comprobar el inmueble vendido y su estado de conservación, para saber si el contribuyente está tributando por el valor correcto.
Como hemos mencionado con anterioridad, este valor de referencia del Catastro afectará a diversos impuestos, pues será la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), y también del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (IsyD). Y también afectará al Impuesto sobre el Patrimonio, aunque no en su base imponible.
Puedes visitar el siguiente enlace para conocer más a fondo cuanto desgravan actualmente los propietarios de bienes inmuebles.
De tal manera, este nuevo valor será el valor mínimo por el que tendrá que tributar al comprar una vivienda, o heredar un inmueble. Si se diera el caso de que el interesado hubiese escriturado el inmueble por un valor inferior, Hacienda le obligará a tributar por el valor que indique el Catastro en su nueva valoración.
Aunque como hemos advertido desde el principio estos cambios serán a partir del 1 de enero de 2022, por lo que este nuevo valor solo afectará a los inmuebles que se adquieran a partir de esa fecha, no al patrimonio ya existente.
Esperamos que te haya quedado más clara la creación de este nuevo valor de referencia de los inmuebles y como puede afectarte a tus futuras adquisiciones de viviendas, o herencia de patrimonio. Si quieres saber más sobre el mismo puedes visitar la web del Catastro, donde obtendrás toda la información.