Aprende a detectar las cláusulas abusivas de un contrato de alquiler
Al firmar un contrato de alquiler, hay que fijarse muy bien en todas las cláusulas que se incluyen en dicho contrato. En muchas ocasiones se incluyen algunos puntos que vulneran nuestros derechos como inquilinos y debemos estar atentos para que eso no pase.
Para ello, debes mirar bien las leyes sobre este aspecto. Conoce todo lo que debes de saber antes de contratar un alquiler, infórmate bien del derecho del inquilino y te ahorraras muchas situaciones angustiosas, tiempo y dinero.
También es importante que te informes de los derechos de los propietarios al alquilar su vivienda, debes conocer la ley al dedillo, para así saber que pueden y que no pueden incluir en el contrato de alquiler.
Vamos a profundizar en este tema para que aprendas a detectar las cláusulas abusivas de un contrato de alquiler y sepas en cada momento hasta dónde puedes llegar y que puedes hacer con el contrato de tu vivienda.
¿Qué es una cláusula abusiva de un contrato de alquiler?
Una cláusula abusiva es aquella que, contraria a la buena fe, causa un desequilibrio, en contra del inquilino y, por lo tanto, a favor del arrendador. Este desequilibrio suele ser importante e injustificado por parte de las obligaciones contractuales.
También, según la LAU (Ley de Arrendamiento Urbano), podríamos decir que una cláusula abusiva es toda cláusula que altere las normas del contrato de arrendamiento de la vivienda, en contra del arrendatario, excepto en aquellos casos en que la propia norma lo autorice de forma explícita.
¿Cuáles son las cláusulas que aparecen en los contratos?
Hay muchas cláusulas que pueden ser incluidas en los contratos de alquiler. Vamos a ver aquellas que recoge la ley, que están siempre expuestas en el contrato y como deben de ser. Las cláusulas más comunes del contrato de alquiler, a continuación.
Duración del alquiler
El tiempo de alquiler puede ser un punto conflictivo en la redacción de un contrato. Según la LAU la duración del arrendamiento será pactada por las partes con completa libertad.
Si el contrato de alquiler tiene una duración inferior a 5 años, este se prorrogará de forma automática cada año, excepto si el inquilino le comunica a su casero, con treinta días mínimos de antelación, que no quiere renovar el contrato.
Presta atención a las cláusulas que indiquen el tiempo de duración del contrato de alquiler, habla claramente con el arrendador del tiempo que piensas estar en la vivienda y deja claros todos los puntos para que no haya ningún malentendido.
Cláusula de renta
El precio de la vivienda, estipulado en la cláusula del pago de la renta, es otro de los puntos a mirar con lupa en el contrato de arrendamiento.
El precio de la renta debe ser pactado de antemano entre ambas partes y debe reflejarse con exactitud en el contrato. El pago de la renta será mensual, a menos que se pacte otra frecuencia y se estipule en el contrato. El arrendador no podrá pedir el pago anticipado de más de una mensualidad de la renta.
La forma de efectuar el pago, también, debe ir reflejado con exactitud en el contrato de alquiler para no llevar a equívocos. Fíjate en que todo quede bien expuesto de forma clara a la hora de firmar tu contrato de alquiler.
Reparación o sustitución de elementos
La cláusula de reparación de daños debe quedar muy clara para ambas partes, para saber cuáles son los cargos que deben ser subsanados por el inquilino y cuáles por el casero.
Es el arrendador quien está obligado a realizar, sin derecho a elevar la renta de la vivienda, cualquier reparación que sea necesaria para conservar las condiciones apropiadas de habitabilidad de la vivienda en cuestión. Esta obligación se libera para el arrendador si la destrucción de la vivienda no es imputable a él.
El arrendatario debe hacer saber al arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones y podrá realizar las que sean urgentes para evitar daños o incomodidades. Las pequeñas reparaciones que exijan un desgaste por el uso ordinario de la vivienda sí serán a cargo del inquilino.
Otro caso diferente son las obras de mejora que se puedan realizar, en este caso el inquilino está obligado a soportar la realización de las mismas, que el casero quiera realizar, siempre que su ejecución no pueda esperarse hasta la conclusión del contrato de arrendamiento.
Precio de la fianza
La fianza es obligatoria, hay que entregarla en metálico en el momento de la celebración del contrato. La cantidad del precio de la fianza será equivalente a una mensualidad de la renta que se estipule como precio de arrendamiento de la vivienda.
Al final del contrato el saldo de la fianza debe ser restituido por el arrendatario, una vez transcurrido un mes desde la entrega de las llaves.
Gastos de la comunidad de vecinos
Los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble deben ir a cargo del arrendatario, de lo contrario la cláusula será nula. Por lo que debe constar tal acción en el contrato. Muchas veces se pacta que estos gastos corran a cargo del inquilino, incluyéndose en el precio de la renta mensual del arrendamiento.